Niveles de Enseñanza:
- Educación infantil especial
- Enseñanza básica obligatoria
- Programas de transición a la vida adulta
Recursos:
Los recursos humanos previstos por la Administración para la atención del alumnado escolarizado en los Centros de Educación Especial está regulado por la Orden, de 18 de septiembre de 1990, en la que se establecen las proporciones de profesionales/alumnos.
Los perfiles profesionales existentes en todos los centros de Educación Especial:
- Orientador
- Profesor técnico de servicios a la comunidad
- Maestro especialista en pedagogía terapeutica
- Maestro especialista en audición y lenguaje
- Profesor técnico de formación profesional
- Maestro especialista en educación física
- Maestro especialista en enseñanza religiosa
- Maestro de la especialidad de música
- Diplomado en enfermería
- Fisioterapeuta
- Técnico educativo III-E
Servicios:
Todos los centros de Educación Especial ofrecen servicio gratuito de comedor escolar y transporte adaptado para los alumnos que lo necesiten.
Matriculación:
Para matricular a un alumno en un Centro de Educación Especial deberán seguirse los siguientes pasos:
- El alumno debe ser valorado por el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (E.O.E.P.) de su zona de residencia o por el Equipo de Atención Temprana (E.A.T.).
- La propuesta de escolarización del E.O.E.P o del E.A.T. incluirá la conformidad de la familia y el Centro propuesto que mejor se adapte a sus necesidades.
- El Servicio de Inspección Educativa tomará la decisión sobre su escolarización siendo comunicado a los Centros quién se pondrá en contacto con las familias.
- La tramitación de las solicitudes de escolarización se realizará siguiendo el proceso de admisión de alumnos de carácter general.
No hay comentarios:
Publicar un comentario